Un tribunal federal de apelaciones dictaminó esta semana que Texas puede defender sus leyes provida y no está obligado legalmente a adherirse a una ley federal proaborto emitida por el presidente Joe Biden en 2022.
El 2 de enero, el Quinto Circuito rechazó una apelación de los acusados pro-aborto en la demanda Texas contra Becerra. La Asociación Estadounidense de Obstetras y Ginecólogos Pro-Vida (AAPLOG), la Asociación Médica y Dental Cristiana y el estado de Texas habían presentado una demanda contra el Secretario de Salud y Servicios Humanos de los Estados Unidos, Xavier Becerra.
Anteriormente, un tribunal de distrito se puso del lado de los demandantes provida en 2022. Los acusados apelaron la decisión ante el Tribunal de Apelaciones del Quinto Circuito de EE. UU., pero los tres jueces, Kurt Engelhardt, Cory Wilson y Leslie Southwick rechazaron por unanimidad la apelación esta semana.
Poco después de que la Corte Suprema anulara Roe v. Wade en junio de 2022, la administración Biden “emitió una guía que establece que la Ley de Tratamiento Médico de Emergencia y Trabajo de Parto Activo (EMTALA)… puede exigir el aborto cuando sea necesario para estabilizar a una paciente con una emergencia médica, incluso en Estados donde está prohibido”, informó Reuters.
El 3 de agosto de 2022, los demandantes provida de Texas solicitaron una orden de restricción temporal y una orden judicial preliminar, que el tribunal de distrito concedió.
En “un abuso” de EMTALA, “la Administración Biden intentó anteriormente obligar a los médicos a realizar abortos inducidos en violación del juramento que hicieron de nunca dañar intencionalmente a sus pacientes”, afirmó la AAPLOG el 3 de enero.
“El aborto inducido, cuyo único propósito es acabar con la vida de nuestra paciente no nacida, no es atención médica, y nuestros miembros tratan regularmente complicaciones graves del embarazo sin él, lo cual es completamente posible según la ley existente de Texas”, continuó la AAPLOG:
La decisión del Quinto Circuito de confirmar la orden judicial contra esta extralimitación significa que nuestros miembros pueden continuar brindando atención médica excelente que respete la dignidad tanto de las mujeres embarazadas como de sus hijos no nacidos.
Esto incluye poder realizar separaciones materno-fetales cuando la vida de una mujer está en peligro por una complicación del embarazo, algo que ya está permitido por EMTALA y por todas las leyes estatales del país.
El juez Kurt Engelhardt dijo en el fallo: “Estamos de acuerdo con el tribunal de distrito en que EMTALA no otorga un derecho incondicional a la madre embarazada a abortar a su hijo, especialmente cuando EMTALA impone obligaciones de estabilización iguales”.